Abogados Ley Segunda Oportunidad
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La ley de segunda oportunidad no es una vía de escape para deudores irresponsables, es el mecanismo que pretende proteger al deudor honesto. Para poder acogerte, es necesario que concurran unos requisitos establecidos legalmente.

Se tendrá en cuenta el pasado y el presente del deudor. El pasado, en tanto se realiza una verificación del historial de sus créditos y el futuro, puesto que se va a requerir el compromiso mantenido en el tiempo por parte del deudor insolvente.

El plan de pagos que se elabora en la fase extrajudicial tiene una vigencia de cinco años. La solicitud de exoneración de las deudas implicará que no puedes volver a solicitarlo durante los siguientes diez años.

Por lo tanto, la ley lo que pretende es que aquellos deudores que están pasando una mala situación económica tengan la oportunidad de salir de esa situación, atendiendo a cuestiones de justicia social o éticas que deben primar en situaciones de crisis económica. Pero esta situación no puede dejar desamparados a los deudores que tiene el derecho a cobrar las cantidades adeudadas.

Los requisitos que debes cumplir para poder acogerte a la ley de la Segunda Oportunidad son:

No estar incurso en un concurso declarado culpable

Se considerará que un concurso es culpable cuando el deudor, mediante dolo o culpa grave, haya contribuido a generar o agravar estado de insolvencia, en el caso de alzamiento de bienes, de obstaculización de embargos, cuando no se haya solicitado el concurso y fuera obligatorio, cuando no se haya colaborado con el juez o la Administración, por ejemplo.

No haber sido condenado por delitos económicos

Los artículos 234 y siguientes recogen los delitos de carácter económico, entre otros serán aquellos cometidos contra el patrimonio, contra los derechos de los trabajadores, los socioeconómicos, los relativos a la propiedad intelectual e industrial, contra los consumidores, delitos societarios, falsificación documental, entre otros. Para comprobar que no existe delito se realiza una comprobación de los antecedentes penales de los diez años anteriores.

Debes actuar de buena fe

La ley de segunda oportunidad, como herramienta de protección del buen pagador, no es una vía de escape del deudor deshonesto. Y esto se materializa con el acuerdo extrajudicial de pagos, previo al beneficio de exoneración de las deudas. También se tienen en cuenta los antecedentes crediticios del deudor de los últimos diez años.

Se atiende a la clasificación de los créditos

Otro requisito para acogerse a los beneficios de la ley de la segunda oportunidad es haber pagado, o haber intentado pagar, los créditos contra la masa, los créditos privilegiados y al menos un 25% de los créditos ordinarios.

Las deudas que nacen de créditos públicos o derivadas de la pensión de alimentos quedan fuera de la posible exoneración de las deudas.

El importe máximo en deudas es de cinco millones de euros

En el caso de que tus deudas superen esta cantidad no podrás acogerte a la ley de la Segunda Oportunidad.